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Posadas, Misiones, Argentina
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es el organismo que informa a los consumidores los derechos que le corresponden los cuales nacen de La Constitución Nacional, La Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y de La Ley Provincial Nº 3811, denominada “Régimen de la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios”

martes, 23 de abril de 2013

Congelamiento de Precios en Combustibles


Congelamiento de Precios en Combustibles


                 A través de la Resolución 35/2013, la Secretaría de Comercio del Interior de la Nación que conduce Guillermo Moreno determinó que el precio tope de comercialización de los hidrocarburos líquidos, será el que resulte igual al más elevado del día 9 de abril del corriente año, en las regiones citadas en el Anexo que forma parte de la misma. 
                 Las regiones son 6 (seis), las cuales están distribuidas de la siguiente manera:
REGION 1 DEL NOROESTE: Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca, y Santiago del Estero.
REGION 2 DEL NORESTE: Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos.
REGION 3 DE CUYO: San Juan, San Luis y Mendoza.
REGION 4 PAMPEANA: Córdoba, Santa Fe y La Pampa.
REGION 5 PATAGONICA: Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
REGION 6 Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
            Queda a cargo de las empresas dedicadas a la destilación, comercialización del petróleo y sus derivados, informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región, situación que hasta el día de la fecha aún no sucedió por lo cual no puede determinarse el tope máximo que corresponde a nuestra provincia. Se espera que en los próximos días se realice el comunicado oficial de cuáles serán los topes máximos de cada una de las categorías de destilados en nuestra región.
            Una vez efectuado el comunicado oficial, el Consejo Federal de Consumo (Cofedec), integrado por las áreas de Defensa de Consumidor de todas las provincias, realizara un relevamiento de los precios de los combustibles en las distintas regiones del país, para comprobar que no se supere el tope máximo fijado por la Secretaría de Comercio Interior.
            Cabe resaltar que es un compromiso conjunto de los Organismos de Contralor y de los Consumidores que la normativa se cumpla, tanto haciendo el comunicado pertinente de sus topes por parte de las empresas dedicadas a la comercialización de petróleo, como del consumidor de informarse sobre la normativa, sus topes y efectuar el reclamo en caso de incumplimientos.



“Consumidores somos todos, infórmate, tus derechos valen”
Oficina Municipal de Información al Consumidor
(OMIC Posadas)




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