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Posadas, Misiones, Argentina
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es el organismo que informa a los consumidores los derechos que le corresponden los cuales nacen de La Constitución Nacional, La Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y de La Ley Provincial Nº 3811, denominada “Régimen de la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios”

viernes, 6 de febrero de 2015


La Justicia prohibió el uso del termino "precios desde..." 

Un reciente fallo de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, sanciona a la cadena de comercios Falabella con una multa de 70.000 pesos por anteponer la palabra "desde" en la publicación de precios en oferta.

La sentencia, que marca un precedente para otras tiendas y supermercados que utilizan frecuentemente esta estrategia, considera que es engañosa para el cliente, que al llegar a la caja se da cuenta que el precio real del producto no se corresponde con lo anunciado.

De acuerdo al texto emitido por los jueces Jorge Eduardo Morán, Marcelo Duffy y Rogelio Vicenti, la palabra "desde" a una oferta, agrega "confusión y ambigüedad para el potencial comprador".

El fallo del tribunal contrarió la óptica de un juez de primera instancia, que opinó que "el uso de la palabra 'desde' expresa en forma clara y precisa el importe mínimo que se deberá pagar para lograr la adquisición del bien", dando así la razón a Falabella.

El Tribunal de Apelaciones, en cambio, consideró: "Corresponde advertir que el derecho del consumidor es un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos de implementación que tiene por finalidad, por un lado garantizar a aquél una posición de equilibrio en sus relaciones con los proveedores de bienes y servicios y, por el otro, preservar la lealtad en las relaciones comerciales, de manera de evitar que se produzcan desvíos o captación potencial de clientela por medio de métodos contrarios a dicha lealtad", por lo que el uso de la palabra desde rompe el contrato implícito que debe existir entre quien compra y quien vende.

Para fundamentar la sentencia, los jueces se apoyaron en el artículo 2° de la resolución 7/2002 -modificado por la resolución 2/2005, que reglamentó la ley 22.802-, que determina que: "Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina- pesos. El mismo deberá ser de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final".

Los magistrados entendieron que la empresa "no cumplió con su deber de consignar con precisión el importe total que debía abonar el consumidor, en tanto la mención de la palabra 'desde' antepuesta al precio, aún cuando su inclusión se deba a la existencia de otros bienes y/o servicios con diversos valores, agrega, por un lado, ambigüedad y confusión para el potencial comprador, quien no tiene por qué conocer a qué corresponden las variaciones en los precios y, por el otro, evidencia que la expresión resulta incompleta al no reflejar el precio total de contado correspondiente al valor del producto".

Y continúan: "Cabe recordar que el derecho del consumidor tiene precisamente por objeto evitar que mediante indicaciones poco claras y engañosas e inexactitudes, los consumidores sean inducidos a error o falsedad en la adquisición de productos, mercaderías o en la contratación de servicios, protegiéndose, de este modo, el derecho de aquéllos a una información adecuada, completa y veraz, finalidad que no se cumplió"

De acuerdo a la información publicada hoy por el diario La Nación, fue la Dirección Nacional de Comercio la que le impuso la sanción a la firma multinacional chilena por haber publicado una publicidad presuntamente engañosa en diversos medios gráficos. Pero la defensa de Falabella apeló la medida argumentando que "no hubo afectación alguna" porque no hubo consumidores directamente afectados.

El tribunal, consignó el matutino, desestimó estos planteos y explicó: "La autoridad nacional de aplicación se encuentra facultada para iniciar de oficio actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones de la ley".

jueves, 22 de enero de 2015

PROCREAUTO, PLAN DE AHORRO O CRÉDITO PRENDARIO 

Actualmente los argentinos tenemos un amplio abanico de alternativas para alcanzar un 0 Km: un crédito del plan ProCreAuto, un préstamo prendario o un plan de ahorro. Cada una de estas opciones tiene sus características y condiciones particulares, con ventajas y desventajas que nos obligan a considerar numerosos factores para identificar el camino óptimo según nuestra situación.

Crédito ProCreAuto
El plan de créditos del Gobierno a través de ProCreAuto fue lanzado con el propósito de incrementar las ventas de automóviles en el país, que habían registrado un descenso del 23% con respecto al 2013. De este modo se presentó esta línea de crédito que permite financiar el 90% de valor del vehículo elegido en un plazo máximo de 60 meses.
Es importante tener en cuenta que el crédito ProCreAuto ofrece montos máximos de hasta $120.000 y tiene una duración limitada, de acuerdo a la información oficial. Por medio de este plan es posible adquirir autos y camionetas de fabricación nacional con rebajas de hasta un 13%.
La línea de crédito del Gobierno tiene, lógicamente, sus aspectos positivos y sus características desfavorables: por un lado es importante tener en cuenta que el costo financiero total de los préstamos ProCreAuto arrancan desde el 25%. Otro detalle clave de esta alternativa de financiación es la tasa de interés, que es fija hasta la cuota 36, momento a partir del cual se aplica una tasa variable con tope sobre el Índice de Salarios.
Los especialistas aseguran que los créditos ProCreAuto pueden ser una alternativa interesante para quienes buscan estirar la financiación y no poseen mucho dinero para la entrega.

Plan de ahorro
Los planes de ahorro son también una opción muy atractiva para los argentinos: permite pagar el auto en más de 70 cuotas (normalmente planes de 84 cuotas) a un costo relativamente bajo. Algo importante a resaltar es que efectuando el pago de las cuotas uno logra capitalizar dichos importes puesto que congela el valor de esas cuotas y ante una eventual suba en el valor del bien solo las cuotas pendientes se actualizaran.
El sistema es diferente al de ProCreAuto (que tiene entrega inmediata), puesto que las formas para acceder al vehículo serán 2 (dos): 
Sorteo: ser el afortunado ganador dentro de un grupo de 168 personas y previo pago de gastos administrativos y flete quedarse con el vehículo pagando las cuotas normalmente.
Licitación: ofertar una cierta cantidad de cuotas equivalente en dinero y si es la oferta más alta, previo depósito de dicha suma, mas gastos administrativos y flete podrá recibir el vehículo.
Este último aspecto es una de las desventajas de esta forma de financiación, ya que en algunos casos podemos esperar un largo plazo hasta poder hacernos con el auto y en caso de que sea una necesitad la misma puede dilatarse mucho hasta ser satisfecha.

Créditos prendarios
Podríamos decir que tiene grandes similitudes al ProCreAuto, puesto que con ambos obtenemos el vehículo de inmediato, pero a diferencia de este, utilizan el vehículo adquirido como aval. De este modo, ante un incumplimiento en los pagos, se ejecuta la garantía.
Los créditos prendarios muchas veces son otorgados por Bancos y en otros casos por las mismas concesionarias quienes financian la compra del vehículo de aquella marca que distribuyen, y tienen la particularidad de que las tasas suelen ser bastante elevadas y el número de cuotas a financiar el pago es bastante corto. 

¿Qué opción es más conveniente?
Para quienes puedan cumplir con los requisitos de acceso al plan ProCreAuto y tengan buena parte del capital, la línea del Gobierno podría ser la mejor alternativa. Sin embargo es necesario contar con ingresos demostrables por una cifra aproximada de $10.000, por lo que son muchos los argentinos que quedan fuera de esta opción.
A pesar de esto, aquellas personas que estén en condiciones de obtener un préstamo ProCreAuto pueden disfrutar de la ventaja que ofrecen sus tasas de interés, que rondan entre el 17% y el 19%, dato que refleja la tasa nominal anual, ya que si le sumamos otros gastos, seguro de vida, seguro del auto y gastos administrativos, la tasa puede llegar al 29% ó 30%. Sin embargo sigue siendo una tasa muy atractiva dentro de las opciones que existen en el mercado.
Cada vez son menos las entidades bancarias que ofrecen préstamos prendarios con condiciones atractivas, ya que por lo general los planes largos tienen costos de financiación muy elevados, con un CFT que supera el 50% ó 60% y gastos asociados que tienen un gran impacto en la cuota, incluyendo prenda, seguro de vida y otros gastos. Quienes estén en condiciones de financiar la compra de un 0 Km a través de un crédito prendario a 12 ó 18 sí podrían disfrutar de numerosos beneficios y tasas muy bajas. Pero es importante tener en cuenta que los planes suelen ser 70/30 ó 60/40, por lo que es necesario contar con un monto inicial importante para poder obtener el vehículo.
Finalmente para quienes no tengan tanta prisa en adquirir el automóvil y que no cuenten con un capital importante para afrontar todos los gastos que implica la compra de un vehículo, el PLAN DE AHORRO es una muy buena opción puesto que capitalizamos el dinero de las cuotas pagadas evitando la desvalorización de dicho importe; y a lo mejor, con una dosis de suerte o con algún capital que podamos juntar logramos el SUEÑO DEL AUTO NUEVO.

martes, 12 de agosto de 2014

Conciliación, un juicio rápido y resarcimiento: cómo funcionará la nueva justicia del consumidor

Poco antes de que se cumplan 20 años de la última reforma constitucional, el Gobierno presentó su proyecto de ley para reglamentar por primera vez aquel artículo 42 que establece los derechos de los consumidores de todo el país.
El texto establece como principal objetivo garantizar el acceso a una resolución de conflictos que actúe con "celeridad, inmediación, economía procesal, oralidad, gratuidad y protección para el consumidor". Para eso, el Gobierno contempla crear más de 200 puestos, entre los que se incluyen auditores, jueces de primera instancia, vocales de la Cámara de Apelaciones, fiscales y defensores públicos, además de secretarios, escribientes y ayudantes para los nuevos tribunales. Cuando sean necesarios, también se contratarán los servicios de los abogados que se inscriban en el nuevo Registro Nacional de Conciliadores. De esos nuevos cargos, el oficialismo propone que 156 dependan de los flamantes tribunales para las Relaciones de Consumo. 
Para resolver las denuncias de los clientes de las empresas, el proyecto contempla crear tres mecanismos legales: el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Coprec), la Auditoría en las Relaciones de Consumo y la Justicia Federal y Nacional en las Relaciones de Consumo. Allí, los usuarios podrán reclamar resarcimientos de hasta 60 veces un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM). Si hoy la norma estuviera en vigencia, un usuario estaría en condiciones de pedir hasta $220.000 como compensación por un servicio o producto defectuoso. 

Cómo se realizarán los nuevos reclamos
Aquel consumidor que tenga una queja por menos de $198.000 (55 SMVyM) deberá primero presentar su caso ante el Coprec, una "instancia previa y gratuita para el consumidor" en la que un conciliador sorteado o acordado por las partes intentará mediar para resolver el conflicto. El plazo máximo para lograr una solución es de 30 días, pero puede ser prorrogado por otros 15 días más si el conciliador lo considera necesario.
Para evitar lo que hoy sucede, cuando muchas veces las compañías optan por no presentarse a las audiencias para dilatar las denuncias, se establecerá una multa de $3.600 (1 SMVyM) para todas aquellas empresas que falten sin motivo a los encuentros. De esa penalidad, el 30% se entregará al demandante y el resto se utilizará para pagar los gastos y consolidar el nuevo Fondo de Financiamiento, que en parte sostendrá el Gobierno con partidas para los ministerios de Economía y Justicia.
Si el consumidor se da por satisfecho con ese dinero o si consiguió llegar a un acuerdo con la compañía, el conflicto se dará por cerrado. Pero si considera que ese resarcimiento no es suficiente o si no llegó una solución satisfactoria, tendrá otras dos instancias a las que podrá recurrir: la Auditoría en las Relaciones de Consumo y la Justicia en las Relaciones de Consumo.
En el caso de que el daño reclamado sea menor a $54.000 (15 SMVyM), tendrá que acudir a la Auditoría. Si es inferior a 198.000 pesos, deberá recurrir a alguno de los tribunales de primera instancia para consumidores. Ningún ciudadano podrá presentarse a alguna de las dos alternativas sin antes haber pasado por la mediación del Coprec.
Quienes opten por la primera opción tendrán que llevar su reclamo y las pruebas a una audiencia con la empresa. Ese mismo día, el auditor deberá dar su veredicto. A lo sumo podrá tomarse cinco días por si necesita recabar algún elemento más.
PARA APELAR LOS FALLOS EN SU CONTRA, LAS EMPRESAS PRIMERO DEBERÁN PAGAR LAS SENTENCIAS
En cambio, quienes prefieran judicializar su caso caerán en uno de los ocho nuevos juzgados de primera instancia en las Relaciones de Consumo, si están en la Ciudad de Buenos Aires, o en el ámbito de un juez federal de primera instancia común si se encuentran en el interior del país. El proyecto, que ya ingresó por mesa de entradas del Senado y será publicado en su web en las próximas horas, establece que la causa deberá ser resuelta en un plazo máximo de 60 días.
Las decisiones tanto de la Auditoría como de los juzgados de primera instancia que impliquen multas de menos de $18.000 (5 SMVyM) serán inapelables. Llegado el caso de que las cifras sean mayores, se podrá recurrir el fallo ante la nueva Cámara Federal y Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo. Para evitar las eternas chicanas judiciales que las empresas suelen utilizar, el proyecto de ley contempla que las compañías que deseen hacer una apelación primero deban depositar en la Justicia el monto que la instancia anterior las condenó a pagar.

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jueves, 12 de junio de 2014

El Banco Central pone tope máximo a las tasas para préstamos


El Banco Central dispuso fijar límite a las tasas de interés de los de los préstamos personales y para la compra de automotores como asimismo reglamento nuevas disposiciones respecto al cobro de las comisiones y cargos que cobran los bancos sobre los productos que venden.

El viceministro de Economía, Emanuel Álvarez Agis había anticipado hace un mes, que estaban "analizando si, a partir de los cambios implementados en la Carta Orgánica del Banco Central, se puede regular la tasa de interés que cobran los bancos, como por ejemplo, las que se pagan por el saldo deudor en las tarjetas de crédito". Cabe señalar que algunas tarjetas de crédito cobran más del 80% por el saldo que no se paga. 

Según comentan en la Casa Rosada hace tiempo que el ministro de Economía, Axel Kicillof, venía insistiendo en bajar la tasa de interés para apuntalar a la actividad económica. En los pasillos oficiales dicen que finalmente el Ministro ganó la pulseada. 

La nueva disposición establece una tipo de interés que oscilará en un rango entre el 33,8% y 48,2% anual en pesos, una notoria disminución respecto de las actuales tasas que se cobran en el sistema financiero. De hecho, esta disposición que ya era conocida en las principales entidades financieras, generó mucho malestar. 

Al respecto, y de acuerdo a la última publicación de Cuentas Nacionales, surge que el "ganador del modelo" ha sido justamente la intermediación financiera que aumentó su participación en el PBI superior al 220% en el periodo del 2004 al 2013.

Los montos a cobrar no serán fijos ya que la entidad monetaria estableció que "las tasas (para prestamos personales o prendarios) no podrán superar el producto surgido de la tasa de corte de LEBAC a 90 días de plazo por un factor multiplicativo, ubicado entre el 1,25 y 2,00, dependiendo del tipo de préstamo y del tipo de banco". 

Asimismo, dividió en dos grupos a las entidades financieras. El Grupo I (agentes financieros del estado nacional, provincial o municipal y/o demás entidades que participen con al menos 1% del total de los depósitos del sector privado no financiero) y Grupo II (las entidades restantes). 

En ese sentido, el primer grupo no podrá exceder una tasa del 38,8% anual en pesos para los préstamos personales. Esta cifra se desprende a partir de que la tasa de interés no podrá superar en un 45% el costo de las Lebac a tres meses, actualmente en 26,8% anual. Hecha la misma deducción, para el caso de los créditos prendarios la tasa no deberá superar el 33,8%.


Para el segundo grupo, bancos y entidades financieras más chicas, las condiciones serán un poco más laxas. En el caso de los préstamos personales podrán agregar un adicional de hasta un 80% sobre la tasa Lebac, con lo que podrían prestar hasta niveles de alrededor del 48,2%. Y en el caso de los créditos prendarios el excedente podrá llegar al 40%, con lo que se podrán cobrar tasas de hasta un 37,5%.

Esta división obedece a que el BCRA publicará "cada mes la tasa de interés de referencia para las entidades de Grupo I y Grupo II" aplicable a cada tipo de préstamo (personales, prendarios y compras de cartera). Este valor que informará el Banco Central obliga a que las entidades no puedan superar en sus créditos el valor de la "tasa de interés de referencia". 

En BCRA también estableció "nuevas reglas sobre comisiones y cargos de productos y servicios financieros básicos". A partir del momento que entre en vigencia la norma, tanto los bancos como las emisoras no financieras de tarjetas de crédito tendrán que solicitar "autorización previa del BCRA para aplicar aumentos al costo" de los servicios. Los servicios sujetos a esta autorización son: el costo de mantenimiento de las cajas de ahorro, las extracciones en cajeros automáticos, reposición de tarjetas de débito, entre otros. 

Otra de las disposiciones que tomó la entidad que dirige Juan Carlos Fábrega es la regulación para "el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito". Esta normativa afecta a cooperativas, asociaciones mutuales y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito o compra, entre otros prestadores.

De acuerdo, al comunicado las medidas dispuestas "están orientadas a expandir el crédito para las familias en condiciones más favorables, en un contexto de elevado nivel de liquidez de las entidades financieras".

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martes, 13 de mayo de 2014

OPERACIONES DE CONSUMIDORES CONTROLADAS POR AFIP

La AFIP tiene una radiografía de los movimientos económicos de cada contribuyente, que alcanza hasta los consumos más frecuentes. Viajes, compras en comercios y por Internet, expensas, movimientos bancarios, resúmenes de tarjetas de crédito, transacciones en sitios como Mercado Libre, gastos en telefonía celular o en prepagas, entre otros conceptos son seguidos con detenimiento por los inspectores que cruzan datos en función de determinar si los gastos se corresponden con las declaraciones juradas, para detectar contradicciones y posibles sanciones.

¿Hasta dónde llegan los controles de la AFIP?

Prácticamente tiene control de todo gasto que realizan los consumidores con el fin de impedir la evasión impositiva:

-Compras mayores a $1.000. Toda compra que se realice en comercios, desde supermercados, casas de electrodomésticos o tiendas de indumentaria por ese monto quedará en un registro de la AFIP. “El comercio tiene la obligación de identificar al cliente en una base de datos que luego se envía a la AFIP antes de emitir un ticket que supere ese monto.

-Consumo de servicios iguales o mayores a $1.000.

-Consumos con tarjetas de crédito o débito. Las emisoras de plásticos deben entregar el detalle de todos los consumos mensuales realizados por sus clientes (titulares y extensiones).

-Medicina prepaga. Las prestadoras deben informar cuando un cliente cuenta con un plan mayor o igual a $ 2.000 mensuales.

-Educación: los colegios informan sobre cuotas iguales o mayores a $ 2.000.

-Expensas: los consorcios deben informar sobre expensas de igual o más de $2.000.

-La compra de todo paquete o pasaje al exterior.

-Operaciones de compra-venta automotores: cuando la operación sea igual o mayor a $ 30.000 en el caso de automotores usados, y $ 8.000 en motos.
A su vez, la AFIP cuenta con una dependencia con tecnología de última generación para rastrear a los contribuyentes que se esconden detrás de los usuarios de internet y pactan compra-ventas a través de sitios de comercio electrónico, incluso controlar la reventa online de entradas a espectáculos.

El problema queda planteado que los montos que se fijan como topes para informar quedaron desactualizados. La mayoría fue fijada en 2012 y no fueron actualizados. Lo que antes era denominado como un consumo “relevante”, como era el gasto de $1.000 en un comercio, ya no resulta extraordinario (basta ver los precios de la nueva temporada de indumentaria donde cualquier abrigo hoy alcanza ese valor).

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viernes, 14 de marzo de 2014


Vuelven las 12 cuotas Sin Intereses 


La suspensión de este tradicional esquema de financiamiento finalmente duró menos de lo esperado. Hace justo un mes las grandes cadenas de electrodomésticos y productos de electrónica ponían fin a las compras en 12 cuotas sin interés, modalidad que favorecía a miles de argentinos, además de que permitía amortiguar la inflación.

Afortunadamente para muchos consumidores, la promoción volverá a estar activa desde este fin de semana, aunque con limitaciones. La iniciativa es promovida por las emisoras de los plásticos que buscan retomar el impulso del consumo, que se desaceleró luego de que los bancos decidieran cortar la emisión del crédito a causa de la suba de más de 10 puntos porcentuales a las tasas que ordenó el Banco Central.

En un intento por torcer el panorama y volver a marcar una curva en ascenso, las emisoras de las tarjetas de crédito encontraron en el Mundial de Brasil, que se desarrollará en junio, un potencial aliado. Apuestan a las ventas de televisores y por eso las promociones serán sólo para algunos electrónicos en ciertos comercios y supermercados.

Los planes de 12 cuotas sin interés tampoco estarán habilitados diariamente. Por el contrario, regirá sólo los fines de semana, cuando el grueso de los asalariados tiene tiempo libre para realizar compras.

Los planes largos sin interés son un beneficio muy valorado puesto que conforman el 50% de facturación en casas de electrodomésticos.

Por el momento, Visa logró un acuerdo con Carrefour, Walmart y Musimundo para reflotar las 12 cuotas. La negociación aún persiste con Frávega y Garbarino. MasterCard y Cabal también lanzarán las promociones nuevamente en los próximos días, mientras que Tarjeta Shopping y Tarjeta Naranja están cerrando nuevos acuerdos.

Para este Mundial ya no habrá 60 cuotas sin interés pero al menos quienes necesiten comprar  electrodomésticos con un precio mínimo de $ 5.000 volverán a contar con un poco de oxígeno para solventar el gasto y amortiguar la inflación.

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martes, 4 de febrero de 2014

“El rol activo del consumidor en la protección de sus derechos”

Esta frase que parece tan simple de comprender, es la clave en la defensa de los derechos del consumidor y sirve como “estandarte” en la protección del miembro más débil en la relación de consumo.
Sucede que diariamente nos encontramos con circunstancias que inciden en nuestra vida, generando malestares y grandes problemas en nuestro normal transitar cotidiano. Es así que usualmente nos sucede que cuando mas precisamos de nuestro celular el mismo no tiene señal, o cuando efectuamos la compra del algún electrodoméstico, y este no funciona, tenemos problemas con el reconocimiento de nuestra garantía, o bien cuando debemos mandar ese mail tan importante nuestra conexión de internet falla y es allí cuando surgen todos nuestro enojos y fastidios.

Son esos los momentos en donde recordamos al Estado y su “inacción” respecto a estos temas, pero también surgen las preguntas: ¿qué hacemos como CONSUMIDORES para  evitar que esto suceda? ¿Formalizamos nuestro reclamo o solo queda en palabras al aire? ¿Nos informamos lo suficiente para poder reclamar?. Son algunas de los interrogantes que deberíamos hacernos antes de comenzar con este largo camino en busca de la protección de los DERECHOS DEL CONSUMIDOR.
Es cierto que la presencia del ESTADO a través de un organismo como la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor), se preocupa por atender estos casos que surgen cotidianamente, pero no debemos olvidarnos de la pata más importante de esta relación: EL CONSUMIDOR. 
Sin la participación del CONSUMIDOR la presencia de organismos estatales pierde valor, puesto que se podrán realizar campañas de concientización y educación, alertar a la población respecto a determinados productos o servicios, pero si el CONSUMIDOR no se preocupa por informarse de sus derechos para poder saber si están siendo vulnerados o si no efectiviza su reclamo dejando constancia del mismo, toda la actividad desarrollada por estos organismo pierde fuerza.

No hay sujeto con mayor legitimación para accionar frente a un incumplimiento que el CONSUMIDOR, pues es este quien se encuentra frente a los problemas diarios, cuando por ejemplo se lanza un plan de acuerdo de precios en supermercados intentando que esa lógica empresarial “irreal”, maximizadora de beneficios, que pone en pocas manos a los formadores de precios, deje de vulnerar nuestros derechos como consumidores, únicamente tendrá sentido si quien diariamente asiste a local comercial a efectuar su compra observa un incumplimiento y da aviso del mismo formalizando el reclamo, habilitando a los organismos competentes a elevar esta situación y de ser necesario aplicar la sanción correspondiente. 
Son innumerables los ejemplos que podríamos dar para intentar marcar la importancia del “rol activo del consumidor en la protección de sus derechos”, pero todos ellos se podrían resumir diciendo que “UN CONSUMIDOR INFORMADO… TIENE PODER”.

miércoles, 29 de enero de 2014

       Tarjetas: vence plazo para pedir devolución del 35%

La posibilidad de pedir la devolución de la retención que la AFIP efectuó sobre gastos en viajes o de compras a través de internet con tarjeta de crédito, débito, y también por la adquisición de moneda extranjera vence este viernes. Así, para los pagos a los que se les retuvo el 20 % o el 35% en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias durante 2013, los trabajadores en relación de dependencia deberán completar un formulario a través de internet para solicitar su devolución.

Los pasos para hacerlos son: contar con clave fiscal con nivel 2 o superior e ingresar a la página web de la AFIP. Si no se cuenta con este "pin", la persona deberá dirigirse a una dependencia de la AFIP (a la que corresponda según su domicilio fiscal) con DNI y fotocopia para tramitarla.

Una vez que se cuenta con clave fiscal, se ingresa al portal de la AFIP y se elige en el menú principal la opción de sistema SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) en la opción "Trabajador". Antes de hacerlo, se puede consultar en "Mis retenciones" los montos que el ente recaudador tiene detallados que se retuvieron durante el período fiscal correspondiente. Allí también se encontrará si durante el año la AFIP ya devolvió algunas de las retenciones.

De no aparecer la opción de "Mis retenciones" o "SIRADIG-Trabajador", se debe hacer click en la parte de arriba, donde diga "Servicios Administrativos Clave Fiscal", para incorporar estos ítems. Una vez elegida esa opción, ir a "Administración de relaciones", elegir "AFIP" y añadirlos de una extensa lista de posibilidades. Una vez hecho esto, aparecerán en el menú principal, luego de ingresar con la clave fiscal.

El viernes será el último día para reclamar esta devolución, al igual que para informar los puntos que se pretende desgravar de gastos hechos durante 2013. Todos estos puntos serán incorporados en el formulario 572 Web. Al ingresar al F572 web, el empleado deberá consignar la información referida al empleador o empleadores correspondientes al período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención. Se deberá conocer el CUIT.

Luego de controlar los datos propios y los del empleador, se irá a "Carga de formulario". Allí se deberá consignar el CUIT del agente de la retención (de la tarjeta de crédito, agencia de viaje, entre otros), el plástico con el que se concretó el pago y su número, el mes al que corresponde y el monto. Esto para el caso de pagos en el extranjero con tarjeta de crédito o débito. Si fuera un pasaje, se deberá informar el número del ticket y, si se compró moneda extranjera, habrá que detallar la declaración jurada mediante la cual se hizo la adquisición.

En el F572 web deberán también consignar las deducciones como carga de familia (hijos menores de 24 años, cónyuge, padres, abuelos, nietos, entre otros, siempre y cuando no tengan ingresos o que éstos no superen los $ 15.552), intereses pagados por préstamos hipotecarios (el máximo a deducir es de $ 20.000), donaciones, primas de seguro de vida y servicio doméstico, de los cuales se podrá deducir $ 15.552 al año (de los pagos de salario más los aportes y contribuciones).

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lunes, 27 de enero de 2014

Nuevo Régimen para compra de Divisas Extranjeras y su injerencia sobre los Consumidores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy en su página Web una imagen explicativa con los criterios que empleará para permitir el atesoramiento en moneda extranjera.
El número clave para los cálculos es 20% de los ingresos. En el caso de los asalariados, los pesos que podrán dedicar a la compra de dólares serán los que resulten de aplicar el 20% sobre el promedio de su remuneración neta mensual, de acuerdo con los datos del último año. Es decir, habría que sumar los últimos doce salarios netos (lo que efectivamente recibe en pesos cada mes el empleado), dividir esa suma por 12, y multiplicar por 0,2 el resultado de esa operación.

A modo de ejemplo, alguien que recibió en el último año un salario promedio neto de 10 mil pesos por mes, podrá emplear este mes 2 mil pesos en la adquisición de dólares para atesoramiento. A un tipo de cambio de ocho pesos por dólar, serían 250 dólares este mes (para saber la cantidad que puede comprar el próximo mes, habría que calcular nuevamente el promedio de remuneración mensual neta).
A menos que ese empleado deposite sus dólares en una cuenta bancaria a 365 días, tendrá además que desembolsar hoy, como adelanto del impuesto a las Ganancias o del impuesto a los Bienes Personales, el 20% de los pesos empleados en la compra de dólares. En el ejemplo anterior, serían 400 pesos más, para llegar a un total de 2.400 pesos por una compra de 250 dólares (aunque de ellos, 400 son considerados un anticipo de impuestos).

Como explica la fórmula de la AFIP el porcentaje del 20% sobre los ingresos mensuales es igual para autónomos y para monotributistas. En el caso de los autónomos, se aplica sobre "los ingresos netos mensuales promedio, declarados en la última presentación". Para los monotributistas, habrá que multiplicar por 20% "el monto máximo de facturación, para cada categoría, mensualizado".
Respecto a las compras con tarjetas de crédito en el exterior seguirían pagando un suplemento del 35% como anticipo del impuesto a las ganancias, esto es de suma importancia para los CONSUMIDORES, puesto que por el momento no habrá modificatorias y quienes deseen efectuar cualquier tipo de compra con tarjeta seguirán teniendo el mismo incremento.

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viernes, 1 de noviembre de 2013



RECARGO DE TARJETAS EN EL EXTERIOR


En octubre del año pasado, el organismo que conduce Ricardo Echegaray instauró la percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para las compras en dólares con tarjetas. En esa ocasión, la retención era del 15% pero en abril la incrementó al 20% al tiempo que también fueron alcanzados los paquetes turísticos contratados en el país y los pasajes al extranjero.

En la actualidad, la AFIP aplica un recargo del 20% a todas las transacciones efectuadas con tarjeta de crédito y débito que realizan los argentinos en el exterior como a través de Internet. Pero como la salida de dólares no cede, y en vísperas de la temporada de vacaciones, comenzó a circular entre los agentes turísticos el rumor de que el fisco evaluaba aumentar nuevamente esa percepción.

Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aseguran que no se subirá el recargo a las compras en dólares efectuadas con tarjetas.

La medida obedece a que no creen que una suba en el recargo ayude a solucionar el problema de fondo que significa la creciente fuga de dólares por el turismo, que este año implicaría un déficit para el BCRA de u$s 8.000 millones, según la consultora Abeceb.com.

En base a la última cotización del billete verde, el dólar tarjeta (el tipo de cambio que paga el turista al sumar al valor oficial el recargo del 20%), está en $ 7,10. La cifra sigue siendo todavía tentadora respecto de la divisa que se compra en el mercado libre. El oficial cerró ayer a $ 5,92 y el paralelo a $ 9,92.

Una nueva suba del recargo podría ser interpretada por la Corte Suprema como confiscatoria en un eventual reclamo judicial, indicaron desde la AFIP.

La fuga de dólares se centra, por un lado, en los consumos crecientes de los argentinos en el exterior y en la web; y, por el otro, a causa de la falta de liquidación de la divisa norteamericana en el mercado formal por parte de los inversores, empresas y turistas extranjeros que vienen al país. Una estimación de Abeceb.com, indica que más de la mitad de los dólares que ingresan los visitantes se cambian por pesos en el mercado libre.

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viernes, 25 de octubre de 2013

¿Cómo salgo del VERAZ?

Esta pregunta suelen hacerse muchos de los consumidores una vez que ingresan dentro del registro del VERAZ, claro que la primera forma y la más eficaz es efectuando el pago de la deuda. Pero analicemos diferentes supuestos de lo que podría llegar a pasarnos y qué hacer.

Método por temporaneidad para salir del veraz: El “veraz”, siguiendo las reglas impuestas por la Ley 25.326, Art 26, inc 4, puede tenernos en su historial como no pagadores en un plazo máximo de hasta 5 años. Luego de ese tiempo (incluso si no hemos pagado la deuda) debe borrarnos o pueden sufrir problema legal bajo la causa de “daños y perjuicios”. Esto quiere decir que los registros que se puede llegar a tener en el “veraz” son de los últimos 5 años.

Método natural de cancelación de deuda: Este se dice que es un método natural, porque la cancelación de una deuda es un método natural de rescisión. Con pagar la última de las deudas que hemos tenido (por las cuales estábamos en el veraz), solicitamos un reporte de libre deuda, enviamos una copia (vía fax o personalmente) al Veraz y en pocos días tienen que actualizar a su estado a “pagado”. Por sus reglas, estaremos hasta 2 años en su historial, pero figurará como “pagado”, por lo cual esto no debería generar problemas.
En caso de haber tenido lugar cualquiera de los métodos anteriores (si pasaron 5 años sin pagar o si enviamos la copia del libre deuda y no actualizan los datos), podemos hacer alguna de las siguientes cosas:
  • Llamar por teléfono al siguiente número y asentar una queja, generalmente no es del todo efectivo pero puede ayudar: al 0810-666-0116
  • Enviar carta documento diciendo que, según la Ley 25.326, Art 26, inc 4 deben quitarnos. En caso de no hacerlo, les corresponde una acción judicial por daños y perjuicios.
  • Ingresar en la web del veraz (www.veraz.com.ar) e iniciar un proceso de reclamo allí mismo. Te darán un número de reclamo y en 2 o 3 semanas tendrían que atenderte. 

Recordar que deben esperar los limites mínimos (2 años si pagaron y enviaron libre deuda y 5 años si no pagaron) ya que si empiezan a hacer los trámites antes, no podrán salir igualmente.


“Consumidores somos todos, infórmate, tus derechos valen”
Oficina Municipal de Información al Consumidor
(OMIC Posadas)

lunes, 21 de octubre de 2013

Problemas del Mundo Virtual

Es indiscutible que nuestra vida es más fácil gracias a la tecnología, pero esto tiene también su lado perjudicial. 
La adicción a las redes sociales y a los dispositivos electrónicos es real y está siendo reconocida por profesionales de la salud mental. 

Veamos algunos de los principales síntomas que se pueden encontrar:

• Síndrome de la llamada imaginaria
De acuerdo con el médico Larry Rosen, el 70% de los usuarios de dispositivos móviles ha sufrido alguna vez la alucinación de que su celular había sonado o vibrado sin que en realidad lo hubiera hecho. Esto sucede porque nuestro cerebro ha empezado a asociar el móvil con cualquier impulso que recibe.

• Nomofobia
Es una palabra que surge de la frase en inglés "no mobile phobia" ('fobia a estar sin móvil') y se refiere a la sensación de angustia, ansiedad o miedo irracional que se experimenta cuando se dan situaciones como la pérdida del celular, batería agotada y falta de señal. 
Recientemente un estudio británico reveló que en Reino Unido ya la sufre el 66% de la población.
Esta fobia fue vinculada por otros especialistas a la adicción a la tecnología, más precisamente con la necesidad de revisar constantemente cada mensaje, alerta o sonido que genera el teléfono

• Adicción a internet
El Trastorno de Adicción a Internet se refiere al uso excesivo de la web y la necesidad de estar todo el tiempo conectado, hasta al punto que esto interfiere con la vida diaria. El usuario medio de móvil comprueba su dispositivo cada seis minutos y medio (lo que equivale a 150 veces al día), según una reciente encuesta de HuffPost/YouGov. 

• Cibercondría 
Se les atribuye este diagnóstico a personas convencidas de que padecen algún mal tras haber leído al respecto en la web. Por ejemplo, un cibernauta que sufre de dolor de cabeza puede buscar la causa de este mal en internet y encontrar que una razón podría ser un tumor cerebral. El problema es que uno puede empezar a encontrarse realmente mal por "error". Es algo similar a la hipocondría, sólo que las dolencias son conocidas por el ciberespacio. 

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martes, 8 de octubre de 2013

Operadores deben promocionar la nueva reglamentación para telefonía celular

Con un masivo mensaje de texto, se invita a los usuarios de Claro, Personal y Movistar a participar de la elaboración del nuevo marco regulatorio para el sector.

      La Secretaría de Comunicaciones convocó a opinar sobre el futuro reglamento de los usuarios de servicios de comunicaciones móviles, a fin de actualizar la normativa que proteja los intereses de los usuarios.
       Se invita a participar a la ciudadanía, considerando que su intervención “es altamente beneficiosa” y apunta a “conseguir una mayor eficacia en la acción de los órganos administrativos” y también “a lograr un máximo grado de acierto en la decisión”.
        “Para tener más derechos en www.usatuvoz.gob.ar”, dice un mensaje de texto que, desde la semana pasada, vienen recibiendo los clientes de las empresas de telefonía celular. No se trata de un spam o de una promoción. Se trata de un texto que deben enviar por sugerencia del Gobierno para que Claro, Personal y Movistar informen a sus clientes sobre la posibilidad que tienen de participar de la elaboración de del nuevo reglamento para la actividad.
La medida de la Secretaría de Comunicaciones (Secom), se suma a los llamados foros de elaboración participativa que el organismo que dirige Norberto Berner lleva a cabo en todas las provincias. Se trata de reuniones con usuarios de cada localidad para que conozcan, opinen y realicen propuestas sobre el nuevo Reglamento de Comunicaciones Móviles.

      En el espacio on-line de la Secretaría de Comunicaciones http://www.secom.gov.ar/ se promociona dicha iniciativa con la frase “Ya conoces nuestro proyecto, ahora suma tu propuesta”. Completá el formulario y entregalo en la Secretaría de Comunicaciones o en cualquiera de los Centros de Atención de la CNC de todo el país. También podés enviarlo en formato digital a usuarios@secom.gob.ar y sumar tus opiniones en nuestro facebook.
Todas las propuestas realizadas por los usuarios a través de los distintos canales de participación serán contempladas y analizadas.

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martes, 24 de septiembre de 2013

Un Fallo Virtual

El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, hizo lugar a una demanda presentada por el abogado local Enrique Novo, para reclamar a Facebook por un perfil falso con su nombre. El magistrado no sólo ordenó cerrar la cuenta apócrifa, sino que –en un fallo que sería inédito para el país– ordenó a Facebook informar en 48 horas a todos los contactos que tenía esa cuenta “trucha” el motivo por el cual fue cerrada.
Novo, docente en la Universidad Nacional de Río Cuarto y exconcejal, contó que tiene un perfil en la red social con su apodo “Quique Novo”, pero meses atrás advirtió que existía otro con su nombre completo: “Enrique Novo”, que decía ser “egresado de la Universidad Nacional de Río Cuarto”, con lo que se prestaba a la confusión.

Se dio cuenta porque recibió mails de amigos felicitándolo por su cumpleaños en una fecha equivocada. “Lo vi en tu Facebook”, le indicaban. Con preocupación, detectó que el perfil apócrifo, creado en marzo, tenía como “amigos” a colegas suyos, jueces de otras localidades, alumnos y ex alumnos que habrían sido engañados. “En el muro tenía información jurídica, nada ofensivo, pero no sé qué mensajes privados pudo haber intercambiado, y con mi nombre”, se quejó el abogado.

Aseguró que primero hizo el reclamo por la vía extrajudicial, pero le respondieron que la biografía reportada no infringía “la norma comunitaria de Facebook sobre identidad y privacidad”. Como el autor de la cuenta “trucha” seguía produciendo comentarios, Novo envió una carta documento y se presentó ante la Justicia.
“No hace falta ser famoso ni poderoso para verse afectado y angustiado. Cualquier persona que ve que un tercero se hace pasar por él sentirá angustia e incertidumbre. Todos tenemos la facultad de solicitar que se protejan esos derechos”, explicó a este diario. El reclamo judicial fue por una medida autosatisfactiva, es decir, para que cese la anomalía. Novo no planteó ninguna acción penal ni resarcitoria.
El caso puede servir de antecedente para otros similares.

El letrado se consideró afectado en el “derecho exclusivo del uso del nombre, el derecho a la intimidad y privacidad y el derecho a la imagen personal”. Pudo probar que él es el único Enrique Novo abogado de Río Cuarto (su papá se llamaba igual pero ya falleció) y que la UNRC no tiene ningún egresado con ese nombre, en contra de lo que dice la información del perfil falso. La empresa Facebook finalmente le comunicó que decidió eliminar la biografía cuestionada, aunque sin informar quien la reportó.

Novo no estuvo de acuerdo: “Si eliminan la cuenta falsa y no dicen a los contactos por qué motivo, la gente puede pensar que yo mismo la clausuré. Por eso yo había hecho un segundo pedido que es que Facebook notifique a cada uno de los contactos de la cuenta apócrifa de que el verdadero Enrique Novo solicitó el cierre, porque era falsa. Y el juez federal hizo lugar a ese pedido”, resumió.
Facebook todavía puede apelar esta resolución pero Novo dijo estar dispuesto a llegar a la Corte Suprema de la Nación.

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lunes, 23 de septiembre de 2013

La Carne: Alimento favorito de los Argentinos

De un año a esta parte, el consumo de carne vacuna creció en un ocho por ciento en el territorio nacional. Entre enero y julio de 2013, cada habitante ingirió carne de vacuno, pollo y cerdo por un equivalente a 116,60 kilos anuales, el consumo más elevado en la historia, semejante a 320 gramos diarios. En igual lapso de 2012 ese mismo indicador se había ubicado en 107 kilos per cápita.

 Las explicaciones de este aumento del consumo de la que parece ser la comida favorita de los argentinos, se da por un lado  porque los precios de estos alimentos se han mantenido estables. También debido a las dificultades para exportar, que provocó grandes excedentes productivos, hoy volcados al mercado doméstico.

Nunca en la Argentina se había comido tanta carne como ahora, 116,6 kilos anuales per cápita que surgen de la suma de 67,1 kilos de carne de vacuno, más 39,5 kilos de carne aviar, más 10 kilos de carne porcina. 
En 2009, la Argentina declaraba tener un consumo promedio de carnes de 93,3 kilos anuales, entonces el país se ubicaba parejo con naciones desarrolladas, como Francia o Australia, pero todavía se hallaba muy lejos de Estados Unidos, que lideraba con 120 kilos anuales por habitante.
Hoy solo se exportan siete de cada 100 kilos que se producen, la relación más baja de toda la historia, lo normal era que se exportaran 20 de cada 100 kilos de carne vacuna producida. En ese sector, prácticamente todo el crecimiento de la producción en los siete primeros meses de 2013, que fue de 8,4 por ciento, ha sido volcado al mercado interno.

 En el caso del pollo, el consumo promedio ha retrocedido 1,2 por ciento en igual periodo. Las avícolas han exportado 29 por ciento más, pero queda claro que la demanda interna se consolidó en torno a elevados 40 kilos anuales per cápita. En julio se registró la marca de consumo más elevada de la historia: 43,5 kilos. 
Entre enero y julio, mientras tanto, la producción de porcinos se encontró con un mercado interno muy demandante, que por primera vez alcanzó 10 kilos anuales per cápita de promedio. Aquí también hay un cambio estructural ya que una década atrás ese indicador (que incluye carne fresca y fiambres) era de solamente la mitad.


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martes, 10 de septiembre de 2013


Opinemos sobre Telefonía

La Secretaría de Comunicaciones convocó a opinar sobre el futuro reglamento de los usuarios de servicios de comunicaciones móviles, a fin de actualizar la normativa que proteja los intereses de los usuarios.
La Secretaría de Comunicaciones, por Resolución Nº 12/2013 publicada este lunes en el Boletín Oficial, abrió el procedimiento para la elaboración participativa de normas, previa al dictado de un nuevo Reglamento de Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Móviles.

Se invita a participar a la ciudadanía, considerando que su intervención “es altamente beneficiosa” y apunta a “conseguir una mayor eficacia en la acción de los órganos administrativos” y también “a lograr un máximo grado de acierto en la decisión”.

En los considerandos se explicita que la Elaboración Participativa de Normas es un mecanismo que, a través de consultas no vinculantes, involucra a los sectores interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas administrativas y de proyectos de ley para ser elevados por el Poder Ejecutivo nacional al Congreso de la Nación.

En este caso, “este procedimiento resulta una herramienta de utilidad, toda vez que permite y promueve una efectiva participación de los distintos actores relacionados con la prestación del servicio de comunicaciones móviles”.

A fin de garantizar un procedimiento con un alto grado de participación, la Resolución fue comunicada a los licenciatarios de comunicaciones móviles, a las asociaciones de usuarios y consumidores, a las fundaciones, a los sindicatos, a las asociaciones profesionales y a las cámaras empresarias legalmente reconocidas.

La resolución brinda luego una serie de direcciones, en todo el país, para que la ciudadanía pueda acceder a expresar sus opiniones y propuestas con relación al proyecto de Reglamento de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Móviles.

Todo interesado podrá desde esta semana acceder al Proyecto de Reglamento de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Móviles a través de la página web de la Secretaría de Comunicaciones y de la Comisión Nacional de Comunicaciones, donde se puede descargar el formulario.

Las opiniones y propuestas deberán presentarse por escrito mediante el Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas, dentro de los 30 días hábiles. Dicho Formulario deberá ser presentado en la Mesa de Entradas de la CNC o en cualquiera de las Delegaciones de la CNC.

Además se habilita la casilla de correo electrónico usuarios@secom.gov.ar, para comentarios informales sobre el proyecto.


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lunes, 26 de agosto de 2013

SUBE Misiones


A partir del día de hoy se comenzará a inscribir a los usuarios de transporte público para adquirir la tarjeta SUBE. Algunos de los puntos serán: la terminal de ómnibus, la Estación de Transferencia y otros a informar. La emisión del primer plástico será gratis, si se pierde o extravía, tendrá un costo volver a tramitarla.

La SUBE busca que cuando se emita la tarjeta se pueda realizar una carga, que no implica cantidad de pasajes, sino se carga un cierto monto de dinero, que se irá descontando a medida que se va utilizando el servicio.

Por otro lado, para realizar el trámite, los usuarios del transporte público deberán llevar su DNI o documentación que certifique su identidad y en el que consten el  nombre completo y la edad.

Si bien se inicia hoy lunes con la inscripción, llevará entre 40 y 60 días registrar a todos los usuarios del sistema metropolitano, es decir que habrá una fecha de inicio pero no de finalización.

De la misma manera es menester explicar que hasta que Buenos Aires no incorpore al sistema misionero, la tarjeta no se podrá usar en otra provincia, ni la Sube de Buenos Aires ser usada en Misiones.

Actualmente hay unas treinta unidades equipadas para cobrar los pasajes con la SUBE. Se trata de las líneas que van al barrio Itaembé Miní.

Se estima que un plazo de tres meses, el sistema estaría instalado en todas las unidades del transporte urbano posadeño.


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martes, 13 de agosto de 2013

“Consumo Responsable”

Consejos útiles para los consumidores:

·        Antes de comprar un bien o de contratar un servicio, infórmese de sus derechos.

·        Reflexione con calma si necesita lo anunciado.

·        Sea crítico con la publicidad y sus trucos.

·        Si va a realizar una reforma o a reparar un auto o un aparato, solicite antes un presupuesto previo.

·        Si va a comprar un bien o a utilizar un servicio que le exija firmar un documento:
ü  Léalo detenidamente.
ü  Preste atención a las cláusulas y a la letra pequeña.

·        Quédese copia de todo lo que firme y asegúrese de que su contenido es idéntico al original que deja al empresario.

·        Exija factura o comprobante y guárdelo durante el periodo completo de garantía.

·        Exija que los productos lleven su precio incorporado.

·        Confirme que las instrucciones están en español.

·        Guarde siempre las facturas, tiques, constancia de entrega, las cuales son cruciales para apoyar cualquier queja.

·        Salvo que anuncie otra cosa, el establecimiento no está obligado a cambiarle el producto ni a devolverle su dinero. Sólo puede pedir su cambio si un producto
     no cumple las características con que se anuncia o es defectuoso.
   
·        En ventas a distancia o fuera del establecimiento mercantil el período de devolución será de 10 días.

·        Un establecimiento, aún cuando admita la devolución de los productos, puede excluir algunos, como la ropa interior, vestidos de fiesta y productos que puedan ser
      copiados (libros, videojuegos...).




Publicidad:

Es lógico que los anunciantes ofrezcan sus productos de un modo atractivo, pero también es conveniente que el consumidor sea crítico con la publicidad para evitar compras innecesarias.

 Para ello:

  • Repare en las cualidades reales del objeto que se anuncia y la parte de fantasía del anuncio.

  • Intente descubrir por qué le resulta atractivo: puede que sea el atractivo de quien lo presenta, la complicidad de los actores, la canción de moda empleada.

  • Recuerde que la publicidad vincula al anunciante, es decir, deben entregarle exactamente lo ofertado.

Tarjetas:

  • Guarde los recibos de las compras para poder comprobar esos gastos con la información que envía el banco.

  • Si pierde o le roban la tarjeta, comuníquelo a la entidad bancaria o al establecimiento emisor de la tarjeta con toda celeridad, para que la anulen.
Lea el contrato de la tarjeta: algunas entidades pueden penalizarle si avisa fuera de un periodo determinado.



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(OMIC Posadas)

lunes, 22 de julio de 2013

Nueva normativa para que los bancos bajen comisiones y cargos

El directorio del Banco Central (BCRA) aprobó una normativa que otorga amplia protección a los usuarios de servicios financieros y que incluye, entre otros aspectos, la regulación de los cargos y comisiones que cobran las entidades por la prestación de servicios, con mayores beneficios para los clientes.
La decisión adoptada por el directorio del BCRA apunta a profundizar la política de protección a los clientes bancarios que se desarrolló con énfasis a partir de la reforma de la Carta Orgánica.

Entre las principales definiciones que incluye la normativa aprobada por el Directorio se cuentan las siguientes:

-Se regulan cargos y comisiones de entidades financieras por los productos y servicios que ofrecen. Así, los cargos y comisiones deberán representar un costo real, directo y demostrable y deberán tener justificación técnica y económica.

-La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros.

-No serán admitidos los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios de servicios financieros, o cuando no haya existido una prestación efectiva.

-Entre los cargos y comisiones no admitidos de manera expresa, porque constituyen parte de las funciones inherentes a las entidades, figuran los que pudieran estar vinculados a  la generación de resúmenes de cuenta, el envío de resumen de cuenta virtual, losmovimientos por ventanilla, costos por evaluación, otorgamientos o administración de financiaciones y la contratación y administración de seguros.

En lo que respecta a los cargos de servicios prestados por terceros, las entidades sólo podrán trasladar al cliente el costo de ese servicio, sin adicionales.

También se dispone la obligatoriedad de incluir en todo documento suscripto entre las entidades y los clientes la tasa de interés y el Costo Financiero Total (CFT).

En caso de no incluirse, las entidades sólo podrán aplicar la tasa de plazos fijos de 30 a 59 días que informe el BCRA.

Advierte que los importes cobrados indebidamente al usuario de servicios financieros deberán ser reintegrados dentro de los cinco días hábiles, con reconocimiento de gastos e intereses compensatorios.

Se fija una "cláusula de revocación" en los contratos de las entidades con los usuarios que consiste en un plazo de diez días que permitirá al usuario revocar la aceptación del producto o servicio que hubiera contratado.

Se trata de una facultad que tendrá el usuario en tanto no haya utilizado el servicio. Esa facultad no representará costo alguno al usuario y le deberá ser informada por las entidades.

Las cláusulas de los contratos deberán ser fácilmente comprensibles y autosuficientes. Se tendrán por no escritas las que remitan a textos o documentos que no se proporcionen al usuario de manera simultánea a la firma del contrato.

Se establece un listado ejemplificativo de cláusulas consideradas abusivas que no podrán incluirse en los contratos, cuyo denominador común es el tratamiento inequitativo del usuario en el cotejo de derechos y obligaciones entre las partes.

En materia de seguros, se establece la obligación de que las entidades otorguen a los usuarios la opción de elegir entre al menos tres compañías no vinculadas entre sí.

Se disponen recaudos mínimos que deberán cumplir todos los contratos referidos a productos y servicios financieros, donde se identifica, entre otros, el tamaño de la letra, la suscripción obligatoria de doble ejemplar y la entrega de copias al cliente.


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miércoles, 17 de julio de 2013

SUBE MISIONERO
“Antes de fin de año colocarían el total de las tickeadoras en los colectivos”

¿Qué es SUBE?

El SUBE o Sistema Único de Boleto Electrónico es:
• Un servicio para abonar con una sola tarjeta viajes en colectivos en la Ciudad de Posadas, Candelaria y Garupa.

Al viajar con SUBE:
• Ganás tiempo y comodidad.
• Evitás esperas y búsqueda de monedas.
• Tenés mayor seguridad porque llevás menos efectivo.
• Colaborás con el medio ambiente al utilizar menos papel.

Desde la Municipalidad de Posadas se informó que la ciudad tendrá diez lugares habilitados para la obtención de la tarjeta SUBE, buscando la manera de transparentar el proceso de incorporación del boleto electrónico, acelerando los tiempos de obtención de la tarjeta individual y se exige a las empresas que comiencen con la recolección de datos.
Los usuarios tendrán que ir con la fotocopia del DNI y brindar datos personales para la obtención de la tarjeta única.
En principio se podrá gestionar la obtención de la tarjeta en la estación Unam, por donde circula el 65 por ciento de los usuarios del servicio, posteriormente en el Posadas Plaza Shopping, en Villa Cabello e Itaembé Miní. Con esos cuatro puntos para la primera etapa se cubriría el 80 por ciento de los usuarios. Cuando el sistema funcione a pleno se podrá usar en cualquier provincia que lo tenga implementado

¿Por qué registrarte?

Para realizar gestiones por Robo, Pérdida o Rotura, es necesario que registres tu tarjeta y generes tu clave personal. 

Sube Hoy
Hay 40 máquinas tickeadoras instaladas en cinco líneas de colectivos que principalmente hacen el recorrido en el barrio Itaembé Miní de Posadas.
En dicho asentamiento se iniciará las primeras experiencias luego continuará en Villa Cabello y posteriormente en el resto de la ciudad. La medida intenta evitar robos y que conductores manejen dinero en efectivo.

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lunes, 8 de julio de 2013

Nueva Normativa para Telefonía

REGLAMENTO DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (Resolución 5/2013, vigente desde el 2 de Julio de 2013)

El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo reglamento de calidad del servicio de telefonía móvil que incluye castigos más severos en caso de no cumplirse.
La norma incluye indicadores de calidad relacionados con la atención al usuario respecto del funcionamiento y la facturación del servicio, cortes y demoras en las comunicaciones. Se trata de estándares similares a los utilizados en España, Italia y Brasil, donde tienen operaciones. Los parámetros serán públicos y los operadores serán sancionados cuando no alcancen estándares mínimos. 
Los prestadores de servicios de telecomunicaciones deberán:

a) Disponer de los recursos, equipamiento e instrumental necesarios, en calidad y cantidad suficiente, para posibilitar que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES pueda ejercer sus funciones de control y de fiscalización;

b) Garantizar el libre acceso de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES a las instalaciones y sistemas vinculados a la prestación del servicio, y brindar toda la información que les sea requerida en las formas y en los plazos que ésta fije al efecto;

c) Garantizar a cada usuario un acceso que de ningún modo distinga, bloquee, interfiera, discrimine, entorpezca, degrade o restrinja arbitrariamente la recepción o el envío de información.

d) Garantizar la calidad de la captación y derivación de las comunicaciones que le sean requeridas judicialmente en los términos de la Ley Nº 25.520, y arbitrar los recursos     
humanos y tecnológicos necesarios para el cumplimiento del marco jurídico vigente y de los estándares internacionales en materia de interceptación legal.


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