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Posadas, Misiones, Argentina
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es el organismo que informa a los consumidores los derechos que le corresponden los cuales nacen de La Constitución Nacional, La Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y de La Ley Provincial Nº 3811, denominada “Régimen de la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios”

miércoles, 24 de abril de 2013


Telefonía Móvil en tiempos de Catástrofe

            
"La Secretaría de Comunicaciones determinó que las empresas de telefonía móvil deben asegurar el servicio en situaciones de emergencia y su incumplimiento será considerado falta gravísima"

Como consecuencia de los hechos acaecidos, y que son de público conocimiento, originados con el fenómeno climático que azotó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  y a la Ciudad de La Plata  y sus consecuencias en los sistemas de comunicación verificados por la CNC (Comisión Nacional de Comunicaciones), resulta menester adoptar medidas tendientes a evitar situaciones de falta total o parcial de servicios de comunicaciones, máxime teniendo en cuenta la importancia que las mismas adquieren en este tipo de situaciones para la asistencia de personas. Es por ello, que  la Secretaría de Comunicaciones, por Resolución 1/2013 publicada en el Boletín Oficial el día 8 de abril del corriente año determinó que los prestadores de comunicaciones móviles deberán asegurar el funcionamiento del servicio, incluso en situaciones de emergencia o catástrofe, admitiéndose en este último supuesto, una discontinuidad máxima de una (1) hora para restituir la normalidad del servicio.
            Establece que los prestadores de comunicaciones móviles tendrán un plazo de 45 días para presentar ante la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC)  un plan de contingencia de alcance nacional que incluya los requisitos dispuestos, el protocolo de contingencia. Las actualizaciones de los planes y protocolos deberán ser informados de forma inmediata a la CNC.
            Precisa que los prestadores de comunicaciones móviles deberán garantizar la accesibilidad al servicio para todos sus usuarios en las zonas afectadas, independientemente del estado de su cuenta, pudiendo perseguir el cobro de llamadas con cargo superada la situación de emergencia o catástrofe.
            En tal sentido pone de relieve que la seguridad de la infraestructura activa y pasiva se encuentra expuesta a diversas y constantes amenazas, que en caso de materializarse pueden ocasionar graves incidentes en los sistemas de información y comunicaciones, por lo que resulta imprescindible adoptar las medidas necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento de la misma, en resguardo del interés y la seguridad general.
            A  la espera de que no tengamos que comprobar si el sistema funciona o no, si pugnamos porque medidas de este tipo sigan siendo evaluadas y aplicadas a lo largo del país pensando en la protección de todos los consumidores.


“Consumidores somos todos, infórmate, tus derechos valen”
Oficina Municipal de Información al Consumidor
(OMIC Posadas)

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